El 4 de abril, miércoles, inicia el servicio telemático para aceptar y modificar el borrador de la Renta de 2017.
Debemos destacar que el borrador de la Renta es una propuesta de declaración que se calcula con los datos fiscales disponibles. Para calcular el borrador, la Agencia Tributaria utiliza la información que recibe de terceros: bancos, la empresa donde el contribuyente trabaja, ingresos obtenidos de inversiones en bolsa... en otras palabras, tiene claros todos los ingresos o casi todos. En el supuesto de que en el borrador no aparezca alguno de los ingresos del contribuyente, la responsabilidad de dicho error, no la asume la Agencia Tributaria, sino que el propio contribuyente deberá aceptar la consecuencia de no haber revisado sus ingresos antes de firmar el borrador de la Renta.
Es muy poco probable que el borrador tenga errores con esos datos mencionados en el párrafo anterior; (banco, datos de la empresa...) sin embargo, lo que sí puede pasar es que omita otros datos deducibles muy importantes, que aumentan el importe a devolver o disminuyen la cantidad a pagar, por eso puede llegar a ser muy rentable ponerse en manos de profesionales.
Ejemplo de datos deducibles a tener en cuenta
Novedades de este año a consultar
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