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Estimados clientes:


Le comunicamos que, desde el día 1 de enero, queda abierto el plazo para la presentación de las siguientes obligaciones fiscales, correspondientes al cuarto trimestre del año 2016.

  • Pago fraccionado de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido I.V.A.
  • Retención I.R.P.F. del personal asalariado.
  • Retención I.R.P.F. del Arrendamiento del Local.

En caso de que, deba aportar la documentación necesaria para realizar los citados impuestos, es decir FACTURAS RECIBIDAS - EMITIDAS, así como justificantes de GASTOS - INGRESOS, le rogamos se persone en nuestra oficina a la mayor brevedad y a ser posible antes del día 10 de enero.


Así mismo, si usted es ARRENDADOR o ARRENDATARIO de un LOCAL COMERCIAL y sabiendo que los precios se revisan anualmente, deberá aportar los justificantes de estos ingresos o pagos a fin de liquidarlos correctamente.


Les comunicamos que, hasta nuevas novedades en el 2017, se mantienen los tipos de retención para arrendamientos y profesionales, además, se mantienen los tipos de I.V.A..


Reiteramos nuestra felicitación para este año nuevo que comienza y que todos vuestros deseos se hagan realidad.



Saludos cordiales

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